¿QUIÉNES ACCEDEN A LA TARIFA SOCIAL DE ELECTRICIDAD?

*Jubilados o pensionados que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $8.598,12 vigente hasta febrero 2016 inclusive, según Resolución A 396/2015 de la Administración Nacional de Seguridad Social.
*Trabajadores con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $12.120, según Resolución A 4/2015 del Concejo Nacional de Empleo, La Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, vigente a partir de enero de 2016.
*Personas con discapacidad.
*Inscriptas en el Monotributo Social.
*Empleados del servicio doméstico.
*Personas que cobren seguro de desempleo.
¿Desde cuándo rigen las nuevas tarifas?
Comenzaron a aplicarse a los consumos de energía eléctrica desde el 1º de febrero de 2016 y podrán verse en las facturas que llegaron en mazo.
¿Quiénes no acceden a la Tarifa Social?
*Aquellas personas que sean propietarias de más de un inmueble.
*Que posean un vehículo de hasta 15 años de antigüedad.
*Que tengan aeronaves o embarcaciones de lujo.
En la filial Rawson se puede hacer el tramite ?