Importante fallo a favor del Municipio de Chacabuco
3/1/23- Un nuevo e importante paso para que el municipio pueda recuperar el inmueble que se encuentra sobre calles Carlos Gardel y Junín de la ciudad de Chacabuco, en el que hoy se encuentra la firma Cirigliano S.A.
Desde la Secretaría de Gobierno se informó que la semana pasada, a través del departamento de legales; fueron notificados que la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de nulidad interpuesto por Cirigliano S.A., lo que significa un resultado favorable a los intereses de nuestra comuna.
Cronología
Cabe destacar que mediante ordenanza municipal en el año 1986 se dispuso donar a Cirigliano S.A. (bajo ciertas condiciones y cargo) un inmueble ubicado en calle Carlos Gardel y Junín.
La empresa debía llevar a cabo, en un plazo de 15 meses una serie de mejoras, las cuales debían ser suficientes y adecuadas para habilitar el inmueble como emprendimiento industrial.
Dicho proyecto consistía en destinar el predio en una planta industrial de producción y/o armado, que cuente con habilitación municipal y ocupando una dotación de personal mínima de 20 personas durante 15 años, entre otros.
Sin que la donación llegara a instrumentarse, nuevamente el HCD, sancionó una nueva ordenanza en el año 1998 mediante la cual derogó la ordenanza anterior de 1986 en todos sus términos atento el incumplimiento de condiciones y cargos previstos para Cirigliano S.A.
En el año 2012 se inicia por parte del Municipio, a través del Dr. Roberto Yannibelli, la demanda de desalojo, recayendo la misma en el Juzgado Civil y Comercial Nro. 3 del Dpto. Judicial de Junín.
En el año 2019 se dictó sentencia de primera instancia en la cual se rechazó la demanda de desalojo instaurada por la Municipalidad, haciendo lugar a la falta de legitimación pasiva interpuesta por la demandada.-
Dicha sentencia fue apelada por el Dr. Gonzalo Villagrán, expresando agravios ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Dpto. Junín en fecha 20/08/2019.
En fecha 12/11/2019 se logra revocar la sentencia de 1era instancia, haciendo lugar a la demanda de desalojo entablada por la Municipalidad.
Que ante ello, Cirigliano S A, interpone recurso extraordinario de nulidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Buenos Aires. Este cuerpo, en fecha 29/12/2022 rechaza el recurso extraordinario de nulidad interpuesto por Ciriglia