EL RADICALISMO EN BUSCA DE TODOS LOS DECRETOS FIRMADOS POR BARRIENTOS DESDE 2013

Piden los decretos.
Piden los decretos.
12/9/14- Los concejales radicales presentaron un proyecto de resolución, en el cual, solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, remita al Honorable Concejo Deliberante, copia impresa y/o digitalizada de la totalidad de los decretos emitidos por ese departamento desde el 1 de agosto de 2013 a la fecha.
Visto
~El decreto-ley 6769/58 – LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES – Que determina en su art. 108, las atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo Municipal
Considerando
~Que por ley 14.491 se dispuso la incorporación, en dicha normativa, del inciso 18; el cual atribuye al Intendente Municipal el deber de “confeccionar el Boletín Oficial Municipal en el que deberán publicarse las Ordenanzas del Concejo, Decretos y Resoluciones de ambos departamentos, que dicten las Autoridades del Gobierno Municipal”.
~El Boletín Oficial Municipal debería confeccionarse como mínimo una vez por mes, y ponerse en conocimiento de la población en la sede de la Municipalidad y en lugares de acceso público como así también debería publicarse en la página Web oficial del Municipio, sin restricciones.
~Que a la fecha, dicha normativa, no se ha implementado en el Municipio de Chacabuco y tampoco el Departamento Ejecutivo Municipal publica en su sitio web los decretos que emite.
~Que éste Honorable Concejo Deliberante, es su sitio web (http://www.hcdchacabuco.com.ar/) da publicidad a las ordenanzas vigentes y otras normas de interés general.
~Que bien podrían incorporarse para su publicación y puesta en conocimiento de toda la comunidad los decretos dictados por nuestro intendente municipal.
~Que la publicidad de los actos de gobierno es uno de los principios básicos de nuestro sistema republicano.
~Que su esencia democrática permite que el pueblo pueda conocer la actividad que llevan adelante sus representantes en pos del bien común.
~Que la publicidad de los actos de gobierno, hasta 1994, se encontraba dentro del espectro de derechos implícitos al los que se hace alusión el artículo 33 de la Constitución Nacional. Tras la última reforma de la Ley Fundamental no sólo se consagró expresamente en el cuerpo principal, sino que con la incorporación de numerosos tratados internacionales (Art. 75 inc. 22 CN) dicho principio fue complementado con el derecho al acceso a la información pública.
POR ELLO EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UNION CIVICA RADICAL DE CHACABUCO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES PROPONE LA SIGUIENTE: MINUTA DE COMUNICACIÓN
Articulo 1:
Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, remita a éste Honorable Concejo Deliberante, copia impresa y/o digitalizada de la totalidad de los decretos emitidos por ese departamento desde el 01 de agosto de 2013.-
Articulo 2: De forma

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