EL PRO CHACABUCO PIDE INFORMES SOBRE EL ÁREA DE BROMATOLOGÍA

«Es fundamental que sepamos todos los chacabuquenses si efectivamente se llevaban a cabo las inspecciones a todo aquel comercio o industria que comercialice o fabrique sustancias alimenticias. Creemos que no basta con una renuncia, la salud pública es fundamental cuidarla todos los días y de manera rigurosa y tenemos la sospecha de que no se ha hecho un trabajo a la altura de la responsabilidad que se merece, por lo tanto solicitamos información para evaluar luego el accionar de este área.» Manifestó Luis Speranza
VISTO:
La importancia de los controles bromatológicos en el cuidado de la salud pública, y
CONSIDERANDO:
Los últimos episodios de triquinosis y el conocido caso del aparente sifón adulterado que provocara la renuncia de la funcionaria a cargo del área de Bromatología Municipal.
La periodicidad con que deben hacerse dichos controles a cargo de personal idóneo y especializado en la materia, ya que es sabido y lo hemos sufrido, el deficiente accionar en la materia puede ocasionar daños irreparables en la salud humana.
POR ELLO: El Bloque PRO Peronismo, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica Municipal, sanciona el presente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo Nº 1: Solicitamos al Dto. Ejecutivo a través del área que corresponda se informe a este HCD la periodicidad con la que efectúan controles bromatológicos de sustancias alimenticias en supermercados, autoservicios, casas de comidas para llevar, despensas, roticerías, restaurantes, carnicerías y verdulerías, venta de chacinados, panaderías, pescaderías, heladerías, pizzerías, confiterías, fabricas de pasta, granjas, sandwicheria y todo aquel local de ventas de alimentos en el partido de Chacabuco
Articulo Nº 2: Se informe a este HCD la periodicidad de las inspecciones del mismo tenor a la del Art. 1 en soderías, venta de agua envasada, fábricas de hielo, y distribuidoras de bebidas gaseosas y alcohólicas, con el correspondiente protocolo de análisis físico-químico del agua con que se elabora dicho producto.
Articulo Nº 3: Se informe también sobre las inspecciones realizadas en parrillas , lugares de comida rápida y carritos ubicados en la banquinas o en la denominada banda de ruta de la ruta nacional N º7 y cuáles de estos comercios poseen la correspondiente habilitación municipal.
Articulo Nº 4: Se remita a este HCD copias de las actas de este tenor ,solicitadas en los artículos precedentes, realizadas por la Dirección de Bromatología desde el 1 de enero del 2013 hasta la fecha, donde conste nombre del establecimiento inspeccionado, tarea realizada y firma del profesional o funcionario habilitado para tal efecto
Articulo Nº 5: Se informe la nomina del personal afectado, y título habilitante, quien lo posea, para realizar dichas inspecciones.