EL FRENTE AMPLIO PROGRESISTA PROPONE LA CREACIÓN DE UN FONDO MUNICIPAL DE ESTÍMULO A LAS ARTES Y LA CULTURA EN CHACABUCO
20/11/12- Si bien se encuentra en vigencia la Beca Estimulo para compensar artistas locales que participen en actividades programadas o auspiciadas por la Secretaria de Cultura de la Municipalidad de Chacabuco, desde el Frente Amplio plantean la regulación, el fomento de las diversas expresiones artísticas y la garantía de continuidad.
En el proyecto de Ordenanza presentado por el concejal Alberto Limia, se alega que es necesario ampliar la Beca Estimulo tanto en su alcance como en su contenido y que la creación del Fondo tiene como destino el financiamiento, promoción y difusión de las obras discográficas, pictóricas, artesanales y toda otra que se enmarque en la cultura local, de acuerdo a las solicitudes de los interesados y a la reglamentación que al efecto se dicte.
En su articulado, se estipula que los fondos necesarios para el cumplimiento de dicho cometido, se tomarán de las partidas dispuestas en el presupuesto municipal para tal fin, de los ingresos provenientes de la aplicación del impuesto a los espectáculos públicos en un 25%, de los aportes voluntarios de personas o entidades consustanciadas con los objetivos del fondo, de la comercialización de actividades afines con el propósito artístico cultural del fondo y de subsidios públicos de orden nacional o provincial.
“Tal como lo manifesté a fines de 2010 con la puesta en funcionamiento de la Beca Estimulo, es necesario que la misma no sea exclusiva de un sector artístico o cultural, sino mas bien que abarque las diversas ramas que también merecen ser difundidas y promocionadas por el Municipio.» afirmo Limia.
La ordenanza:
Visto:
La vigencia de la Beca Estimulo para compensar artistas locales que participen en actividades programadas o auspiciadas por la Secretaria de Cultura, la cual fue puesta en funcionamiento a finales del año 2010 por la administración de Darío Golía, mediante la cual se ha abonado una suma de dinero de manera oficial a todos los artistas que colaboraron con los eventos culturales, y;
Considerando:
Que el propósito de la siguiente es seguir ofreciendo a los chacabuquenses los instrumentos para participar activamente de una manera reflexiva, crítica y creadora en la constitución de su propio destino individual y colectivo.
Como ya lo marcáramos en diferentes oportunidades, creemos necesario estimular y afianzar el protagonismo de la ciudad a través de la cultura popular promocionándose y fomentando sus diversas expresiones.
Que se hace necesario ampliar el fondo tanto en su alcance como en su contenido, abarcando diversas ramas culturales que merecen ser difundidas y que cuenten con el apoyo Municipal.
Que la creación del Fondo Municipal de Estímulo a las Artes y la Cultura, debe ser considerada como una efectiva respuesta a la actividad creadora de sus artistas locales y debe tener de las autoridades del Municipio una especial atención y su correspondiente pluralidad.
Que el Fondo tiene como destino el financiamiento, promoción y difusión de las obras discográficas, pictóricas, artesanales y toda otra que se enmarque en la cultura local, de acuerdo a las solicitudes de los interesados y a la reglamentación que al efecto se dicte.
Por todo ello
el Bloque del Frente Amplio Progresista
en uso de sus atribuciones propone el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Articulo Nº 1: Créase el Fondo Municipal de Estímulo a las Artes y la Cultura que tendrá como objetivos principales:
a) Establecer planes de becas para el perfeccionamiento de los artistas locales.
b) Apoyar con aportes a artistas o conjuntos artísticos locales, para el desarrollo de sus actividades.
c) Adjudicar premios a la producción literaria local y tomar a cargo la publicidad de sus trabajos dentro de las posibilidades presupuestarias.-
Articulo Nº 2: El Fondo será administrado por un Consejo integrado por un miembro de la Secretaria de Cultura, los miembros de la Comisión de Cultura y Educación del Honorable Concejo Deliberante y será presidido por el Intendente Municipal.
Articulo Nº 3: El Consejo podrá reglamentar y proponer, cuando lo estime conveniente, la designación de los jurados integrados por personalidades vinculadas a las artes y la cultura local para que resuelvan en cada uno de los casos previstos en el Articulo Nº 1.
Articulo Nº 4: Los fondos necesarios para el cumplimiento de este cometido, se tomarán de las siguientes partidas:
a) Las partidas dispuestas en el presupuesto municipal.
b) Por los ingresos provenientes de la aplicación del impuesto a los espectáculos públicos en un 25%.
c) De los aportes voluntarios de personas o entidades consustanciadas con los objetivos del fondo.
d) De la comercialización de actividades afines con el propósito artístico cultural del fondo.
e) Subsidios públicos de orden nacional o provincial.
Articulo Nº 4: Deróguese el decreto elevado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se establece hasta el 31 de diciembre de 2012 la continuidad de la Beca Estimulo para compensar artistas locales que participen en actividades programadas o auspiciadas por la Secretaria de Cultura.
Articulo Nº 5: De forma.