EL CANDIDATO A INTENDENTE DE CHACABUCO ORTEGA Y EL CONCEJAL SPERANZA SOLICITAN INFORMES SOBRE LAS CANTERAS DE CHACABUCO
9/11/10- Debido a la noticia de publico conocimieno del fallecimiento de un obrero perteneciente a la colectividad boliviana, hallado sin vida en una cantera, la cual debería estar clausurada o al menos las normas de seguridad y protección que estable la Leyes y Ordenanzas vigentes.
Por tal hecho, los concejales de Unión PRO Chacabuco presentaron un pedido de informes al Ejecutivo Municipal. No solo en relación a la cantera mencionada sino con el resto de las canteras que existen en la ciudad que carecen en su mayoría de las medidas de seguridad.
Solicitamos al Dpto. Ejecutivo Municipal y por su intermedio al área que corresponda, se sirva a informarnos las tareas realizadas para regularizar y supervisar las actividades de este Rubro [Explotación de Canteras] y el listado de las empresas que actualmente se encuentran registradas en la dependencia provincial antes mencionada.
Además se solicita al Dpto. Ejecutivo Municipal, por medio del área que corresponda, se sirva a informarnos sobre:
• Los motivos por los que se registran movimientos de tierra que se corresponderían con la activación de una nueva cantera.
• Si se autorizado al Privado a la extracción de tierra del predio mencionado anteriormente.
• Datos de la empresa que está explotando dicha cantera.
• Cual es el canon que percibe el municipio por permitir la explotación de dicho recurso natural en manos de un Privado.
• Si se el Ejecutivo se ha asesorado sobre la forma de extracción de la tierra y el relleno para evitar la contaminación del agua subterránea.
También solicitamos que se envíese copia a la Dirección Provincial de Minería de la Provincia de Buenos Aires perteneciente al Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires.
FUNDAMENTOS:
También solicitamos que se envíese copia a la Dirección Provincial de Minería de la Provincia de Buenos Aires perteneciente al Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires.
Que en el año 2009 se había producido una visita de las Autoridades de la Secretaría de Medio Ambiente local y funcionarios de la Dirección Provincial de Minería y se había ordenado al Ejecutivo Municipal que se cerrara dicho predio por no haber estado habilitado y no contar con las medidas de seguridad mínimas; Y,
Que según el Registro de Productores Mineros, dependiente de la Dirección Provincial de Minería perteneciente al Ministerio de Producción de la Provincia de Buenos Aires es responsabilidad exclusiva del Municipio la autorización de la explotación de lo que se conoce como ‘Minas de tercera categoría’. Estas incluyen a: piedras calizas y calcáreas, margas, yeso, alabastro, mármoles, granitos, dolomita, pizarras, areniscas, cuarcitas, basaltos, arenas no metalíferas o comunes, cascajo, canto rodado, pedregullo, grava, conchilla, piedra laja, ceniza volcánica, perlita, piedra pómez, piedra de afilar, puzolanas, pórfidos, tobas, tosca, serpentina, piedra sapo, loes, tierras de alfareros o arcillas comunes y toda otra producción de naturaleza pétrea o terrosa aplicable directamente como material de construcción u ornamento.