CONCEJALES DEL PRO SOLICITAN LA CREACION DEL REGITRO MUNICIPAL DE GERIATRICOS, HOGARES DE ANCIANOS Y AFINES EN EL PARTIDO DE CHACABUCO

Piden un Registro Municipal de Establecimientos Geriátricos, Hogares de Ancianos y afines.
Piden un Registro Municipal de Establecimientos Geriátricos, Hogares de Ancianos y afines.
31/1/12- Los Concejales de Unión PRO, Jorge Ortega, Luis Speranza y Graciela Rodriguez, solicitan al Ejecutivo Municipal que a los efectos de comprobar fehacientemente que los establecimientos existentes, y quienes quieran hacerlo en el futuro, cumplan con las normativas Nacionales y Provinciales, vigentes en cuanto a: ‘Atención, Seguridad, idoneidad, Lugar ocupacional y tarifas’.
Para la reglamentación de la presente Ordenanza, el Ejecutivo Municipal convocará a: Secretarios Municipales de Acción Social y Salud, Integrantes de la Comisión Legislativa de ‘Trabajo, Higiene, Salud Pública y Asistencia Social’ y la Asesoría Letrada del Municipio, no excluyendo a otra u otras áreas que el Sr. Intendente considere apropiadas.

FUNDAMENTOS:

Se considera “Establecimiento Residencial para Personas Mayores” o “Establecimiento Geriátrico” a toda institución asistencial público o privada, con o sin fines de lucro, destinada a brindar servicios de alojamiento, alimentación, higiene, recreación activa o pasiva y atención médica y psicológica no sanatorial, así como acciones de fomento, protección y/o recuperación de la salud, rehabilitación y amparo social y a cualquier otra prestación de servicios asistenciales en forma permanente o transitoria que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los ancianos.

Se consideran “Ancianos” a las personas mayores de 60 años.

Nuestra sociedad está cambiando las formas de vida, las comunicaciones, cambian la educación, los patrones culturales, las estructuras sociales, cambian las relaciones interpersonales, las familias, los valores. Como consecuencia de esos cambios, también cambian las formas de la vida social.

Hasta hace no tantos años atrás, los ancianos permanecían en el seno de las familias hasta sus últimos días. En ellas mantenían el contacto con sus afectos, con su medio y su historia, aunque en algunos casos también debían sufrir la sensación de ser un estorbo para sus familiares o de sentir el desinterés de aquellos por lo que les pasaba.

Hoy nos encontramos frente a una realidad diferente, cada vez con mayor naturalidad se acepta la conveniencia de trasladar a nuestros abuelos para que vivan en geriátricos. Las causas pueden ser variadas: carencia de recursos económicos, muerte o separación del cónyuge, ruptura de vínculos con sus allegados más íntimos, adicciones, enfermedad o demencia, etc.

Cuando se toma contacto con la realidad de los adultos mayores alojados en geriátricos, las primeras sensaciones que surgen son una profunda soledad y un duro abandono. La mayoría de estas personas se encuentran desmembradas de sus núcleos familiares y han perdido su lugar en el mundo.

A pesar de ello, cierto es también que en los casos en que las personas mayores padecen enfermedades severas o no tienen familiares que se puedan ocupar de ellos, la mejor opción debería ser la institucionalización, pues en los geriátricos deberían encontrarse atendidos, estimulados, teniendo la posibilidad de socializar con sus pares y encontrar en ellos “un hogar”.

En este sentido, se hace necesario regular su funcionamiento a fin de resguardar las condiciones de habitabilidad que nuestros ancianos reciben en los mismos, así como también asegurar que quienes en ellos residen puedan disfrutar de un ambiente digno y familiar, que puedan desarrollar actividades de esparcimiento y recreación, que se sientan respetados y atendidos y que puedan encontrar en ellos un espacio para la convivencia junto a sus pares.

Este proyecto, contemplado dentro de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución de la Provincia, en su Art. Nº 186, y por la Ley Orgánica Municipal Nº 8102, en su Art. Nº 30, pretende por tanto regular el funcionamiento y las condiciones de infraestructura mínimas de los Establecimientos geriátricos existentes, pero además establecer claramente las condiciones necesarias para la apertura de nuevos locales destinados a este servicio, de modo de resguardar también el sostenimiento de aquellos.

Para ello, hemos tomado como base lo establecido en las Leyes Provinciales Nº 7872 y Nº 8677, y sus Decretos Reglamentarios, el presente Proyecto de Ordenanza establece las diferentes clasificaciones a las que se atendrán los Establecimientos, regula las condiciones que preserven la seguridad, salubridad e higiene de los residentes, aseguren un ambiente familiar y tranquilo y el permanente confort de los ancianos, establece las condiciones de infraestructura y edilicias mínimas necesarias, determina el personal necesario para su funcionamiento y dispone las condiciones necesarias para la habilitación de los locales y las sanciones aplicables en caso de incumplimiento.

Cada Establecimiento deberá:

• Garantizar las condiciones que preserven la seguridad, salubridad e higiene de los residentes y estimulen sus capacidades, el pleno respeto como personas, promoviendo los vínculos con el núcleo familiar y la comunidad a la que pertenecen.

• Brindar un ambiente familiar y tranquilo y asegurar el permanente confort de los ancianos.

• Fomentar en los albergados la inclinación hacia tareas de laborterapia y organizar actividades recreativas y de esparcimiento.

• Contar con instalaciones en perfectas condiciones de higiene y seguridad, así como contar con los elementos y accesorios necesarios para la prevención, protección y seguridad de los alojados.

• Contar con el personal suficiente e idóneo para una correcta prestación del servicio.

• Presentar a la autoridad municipal de aplicación una planificación detallada precisa, sobre el funcionamiento, atención y actividades a desarrollar con los ancianos.

No podemos ignorar que han ocurrido casos lamentables, tanto en nuestro Partido, como en otras localidades del País, donde hemos tenido que lamentar perdidas humanos de nuestros ancianos y trabajadores de estos establecimientos por no cumplir con las normas establecidas.

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