COMUNICADO DE LA UNIÓN CÍVICA RADICAL DE CHACABUCO CON RESPECTO AL AUMENTO DEL GAS

Pueden solicitar el beneficio los usuarios que se encuentren en cualquiera de estas condiciones:
1) Si padece una enfermedad crónica que implica un mayor consumo del servicio.
2) Si vive únicamente de su jubilación o pensión con la mínima.
3) Si es beneficiario de pensión no contributiva.
4) Si es beneficiario de un plan o programa social.
5) Si en su domicilio realiza también actividades sociales, tales como institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, otros.
6) Si percibe asignación familiar.
7) Si cuenta con certificado de discapacidad.
8) Si con sus ingresos no puede afrontar el pago de la factura.
9) Si se encuentra exento del pago de las tasas municipales.
10) Si la vivienda tiene características edilicias desfavorables que impliquen un mayor consumo de gas (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda que carece de algún otro servicio público como agua corriente o cloacas)
11) Si la vivienda cuenta también con un local comercial o taller de trabajo u otra actividad similar.
12) Si en la vivienda conviven múltiples hogares.
13) Si es usuario esencial (centros asistenciales públicos; entidades educativas públicas de cualquier nivel; entidades religiosas que acrediten tal condición; asociaciones civiles sin fines de lucro, asociaciones sindicales, gremiales o mutuales que realicen en el domicilio de consumo actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc.)-
Se solicita concurrir con documentación para acredita cualquiera de las situaciones anteriormente mencionadas, como también fotocopia de la factura de gas y del D.N.I. del titular del servicio.-