Aiola creó por decreto bono a cuenta del acuerdo paritario de 9 mil pesos, pagadero en tres cuotas

30/9/20- Por decreto Aiola creó bono a cuenta del acuerdo paritario de 9 mil pesos, pagadero en tres cuotas.

Visto

Que con fecha 11 de septiembre de 2020 se reunió la Comisión Asesora de Relaciones Laborales, según lo dispuesto en la Ordenanza N°3617/04; a fin de considerar una recomposición salarial para los Trabajadores Municipales; y Considerando Que, el Departamento Ejecutivo Municipal conjuntamente con el Sindicato de Trabajadores Municipales y la Asociación de Trabajadores del Estado, han buscado permanentemente acuerdos que permitan alcanzar los mayores beneficios para los trabajadores;

Que, en el marco de la Comisión Asesora de Relaciones Laborales no se ha alcanzado un acuerdo definitivo que satisfaga las pretensiones de los actores que la integran;

Que, el Departamento Ejecutivo ha mantenido 3 reuniones junto al Ministerio de Trabajo de la Provincia y los diferentes Sindicatos, ofreciendo propuestas superadoras, no siendo aceptadas por estos últimos;

Que, no obstante el Departamento Ejecutivo Municipal manifiesta expresamente su voluntad de diálogo para alcanzar el mismo;

Que, aún con las reuniones antes mencionadas y manteniendo el diálogo continuo, se realizaron medidas de fuerzas por ambas agrupaciones sindicales y nuevamente han llamando a realizar paros en los próximos días, lo cual dificulta el acuerdo de partes y se demora el pago de los aumentos ofrecidos a los trabajadores del municipio.

Que, a fin de no afectar el poder adquisitivo de los Trabajadores Municipales, el Departamento Ejecutivo Municipal considera necesario otorgar una recomposición salarial, a partir del mes de octubre del presente año a cuenta de un futuro acuerdo de paritarias, teniendo en cuenta el contexto de las declaraciones de Emergencia Económica, Administrativa y Financiera, y de Emergencia Sanitaria;

POR ELLO, EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Disponer la creación de un bono de carácter no remunerativo, temporario y no bonificable a cuenta del acuerdo paritario en curso, de PESOS NUEVE MIL ($9000) pagadero de la siguiente manera:

Un (1) adicional no remunerativo por la suma de pesos tres mil ( $ 3.000) por única vez a abonar el 9 de octubre de 2020.

Un (1) adicional no remunerativo por la suma de pesos tres mil ( $ 3.000) por única vez a abonar el 23 de octubre de 2020.

Un (1) adicional no remunerativo por la suma de pesos tres mil ( $ 3.000) por única vez a abonar el 23 de noviembre de 2020.

ARTÍCULO 2°: Lo dispuesto en el ARTÍCULO 1° del presente decreto, no se aplicará transitoriamente a la Planta Superior.

ARTÍCULO 3°: Autorizar a la Contaduría Municipal a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a esta disposición.

ARTÍCULO 4°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese, dese al Registro Oficial y Archívese..

Gentileza: www.radioliderchacabuco.com.ar

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