EDILES DEL PJ-FPV ENVÍAN CARTA AL JEFE DE ANSES CHACABUCO POR SUSPENSIÓN DE PENSIONES POR INVALEDEZ

Bloque de Concejales PJ-FpV
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13/6/17- Los concejales del Partido Justicialista-Frente para la Victoria le han enviado una carta al Jefe de Oficina de ANSES – Chacabuco, Lucas Andriola, dónde dice que atentos los hechos de público conocimiento vinculados con la decisión adoptada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación de suspender y/o dar de baja Pensiones por Invalidez oportunamente otorgadas en el marco de la legislación vigente, por presunta aplicación de lo establecido en el Decreto 432/1997.

En principio, consideramos necesario expresar nuestra posición en cuanto a la inconstitucionalidad actual de lo estatuido en el Decreto 432/1997, ello a partir del dictado de la Ley 26.378 que incorpora al derecho positivo argentino las previsiones legales contenidas en la “Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad” y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas -A/ RES/ 61/ 106-, la cual posee jerarquía constitucional. Resulta evidente el cambio de paradigma operado a partir del dictado de dicha norma, enmarcada en una clara política pública de igualar y dignificar, en tanto la Convención precisamente reconoce a las personas con discapacidad como sujetos de derecho y no objetos de asistencialismo.
El Decreto 432/97 establecía una ayuda asistencial para personas en estado de extrema indigencia, siendo entonces improcedente su utilización dada la evolución normativa reseñada.
Sentado lo expuesto, le solicitamos tenga a bien informar la cantidad de personas de nuestro distrito que se encuentra alcanzada por la aplicación del Decreto 432/97, el estado actual de los trámites, la cantidad de beneficios que hubieran sido suspendidos y/o declarados caducos, así como todo otro dato que permita evaluar el impacto a nivel local de la medida adoptada por el Estado nacional, a fin de analizar las acciones que resulten necesarias desarrollar para la protección de los derechos constitucionales que pudieran hallarse afectados.
Sin otro particular, lo saludamos atentamente.

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