SOLICITAN BALANZA MÓVIL EN RUTA 51 ENTRE RAWSON-CARMEN DE ARECO

Solicitan balanza móvil.
Solicitan balanza móvil.
24/5/17- El Bloque de Concejales del GEN, solicita al Director de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, Ingeniero Marianos Campos, se evalúe el control, mediante balanzas móviles , del límite de carga de los camiones , que transitan por la ruta Nº 51, en particular el tramo de la localidad de Rawson Partido de Chacabuco y la localidad de Carmen de Areco.

Visto:

Que vecinos de la Localidad de Rawson nos manifestaron su preocupación por el progresivo deterioro que presenta la Ruta Provincial Nº51 debido al excesivo peso de los camiones, motivo que atenta contra la infraestructura vial y es la principal causa del deterioro, y;

Considerando:

Que las rutas en mal estado aumentan las posibilidades de accidentes, complican el tránsito y afectan a los vehículos.

Que la propia página web de Vialidad Nacional dice que los pavimentos están diseñados o calculados, para los pesos legales. Un aumento de un 20% en la carga por eje, equivale a que un pavimento que debería durar diez años, dure solamente cinco.

Que la problemática no debe pasar por recaudar multas para reparar las roturas, sino por evitar esas roturas que generan las sobrecargas. Y eso se logra con control.

Que por esta situación de riesgo es que solicitamos imperiosamente que se implementen balanzas móviles para controlar que los camiones no excedan el peso transportado.

Por ello,
el Bloque de Concejales del GEN
en uso de sus atribuciones propone la siguiente
RESOLUCION

Articulo Nº 1: Solicitar al Director de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, Ingeniero Marianos Campos, se evalúe el control, mediante balanzas móviles , del límite de carga de los camiones , que transitan por la ruta Nº 51, en particular el tramo de la localidad de Rawson Partido de Chacabuco y la localidad de Carmen de Areco.

Articulo Nº 2: Remítase copia con sus vistos y considerandos a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, en Avenida. 122 Nº 825 – La Plata.

Articulo Nº 3: De Forma.

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