CONCEJALES RADICALES EN DESACUERDO CON PLENARIO EN SEDE DE EX COMBATIENTES DE CHACABUCO

5/11/15- Mediante un comunicado de prensa publicado en los medios de Chacabuco invitando a participar de un plenario bajo el lema “Tus Derechos o Macri”, en la sede del Centro de Ex Combatientes ubicado en Primera Junta 26, el bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, solicita al Intendente Municipal Dr Mauricio Barrientos, informe al Centro de Excombatientes de Chacabuco “Malvinas Argentinas”, la existencia de la cláusula sexta del Contrato de locación entre la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos de Chacabuco y la Municipalidad de Chacabuco donde se indica expresamente que el uso de dicho local es para fines exclusivamente culturales.

Visto:
El comunicado de prensa publicado en los medios locales invitando a participar de un plenario bajo el lema “Tus Derechos o Macri”, en la sede del Centro de Ex Combatientes ubicado en Primera Junta 26………..

Considerando:
Que dicho evento es de un contenido estrictamente político partidario
Que existe un contrato de locación entre la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos de Chacabuco y la Municipalidad de Chacabuco sobre dicho inmueble
Que el contrato se extiende por un plazo de cinco años a partir del 1º de Julio de 2013
Que en su clausula sexta expresa claramente que el inmueble locado será destinado para la instalación del centro de Ex Combatientes de Chacabuco “Malvinas Argentinas” UTILIZANDOSE EL MISMO PARA FINES EXCLUSIVAMENTE CULTURALES, no pudiendo la locataria variar el destino del inmueble sin consentimiento expreso y por escrito de la locadora

Por ello el bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical en uso de sus atribuciones propone el siguiente:
Proyecto de Resolución
ARTICULO Nº1:
Solicitar al Señor Intendente Municipal Dr Mauricio Barrientos informe al Centro de Excombatientes de Chacabuco “Malvinas Argentinas”, la existencia de la clausula sexta del Contrato de locación entre la Sociedad Italiana de Socorros Mutuos de Chacabuco y la Municipalidad de Chacabuco donde se indica expresamente que el uso del local de Primera Junta 26 es para fines exclusivamente culturales.
ARTICULO Nº2: De Forma

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