YA ES LEY LA REGULACION DE ACTIVIDAD NOCTURNA Y LA VENTA DE ALCOHOL EN LA PROVINCIA

La ley dice que los responsables deberán cumplir y hacer cumplir la misma.
La ley dice que los responsables deberán cumplir y hacer cumplir la misma.

17/9/09- El Senado bonaerense aprobó este miércoles los proyectos del Poder Ejecutivo por el cual se regulará la actividad nocturna y la venta de bebidas alcohólicas en la provincia de Buenos Aires y deberán ser cumplidas porque habrá severas consecuencias, tanto como para autoridades como dueños de locales de esparcimiento.

Las normativas puestas ahora a consideración de la Cámara de Diputados, establecen entre otros aspectos topes horarios para el ingreso y egreso de jóvenes a boliches bailables, prohibición de permanencia de menores, arresto para ebrios que causen problemas, controles de alcoholemia en la entrada de los boliches y duras penas para el incumplimiento.

Asimismo, los boliches deberán contar en sus accesos y egresos de un sistema de cámaras de seguridad “cuyo registro deberá ser preservado por el plazo de 60 días ante la posibilidad de ser requerido por las autoridades competentes”.

Los boliches bailables recibirán gente hasta la una de la mañana y cerrarán sus puertas a las 5.30, no pudiendo vender bebidas alcohólicas luego de las 4.30.

Se prohibirá la venta en los locales nocturnos de bebidas “energizantes” y la realización de “concursos” que estimule la ingesta de alcohol y la negativa para el expendio a través del sistema de “canilla libre”.

La normativa establece además que los establecimientos en cuestión “no podrán vender, expender, o suministrar a cualquier título bebidas alcohólicas en envases abiertos que superen los 350 milílitros de capacidad”.

Los bares, restaurantes y bingos podrán permanecer abiertos más allá del tope pero sin vender alcohol luego de la hora estipulada y hasta las 12.

Las multas por incumplimiento van de 5 mil a 30 mil pesos y clausura de hasta 30 días; duplicándose en caso de violación reiterada y clausura definitiva.

Los responsables de los boliches no podrán dejar ingresar a menores de 14 años o serán sancionados con multa de 30 mil a 50 mil pesos y clausura definitiva del local.

En el resto de los establecimientos los menores de 14 tendrán que estar acompañados por un mayor responsable. Las matinés durarán hasta las 24 como máximo y será para jóvenes de entre 14 y 17 años, quienes no podrán estar en forma simultánea con los mayores de 18. En estos casos las multas van desde los 5 mil hasta los 30 mil pesos y clausura de 60 días.

Los responsables de controlar estas normativas serán la Subsecretaría de Atención a las Adicciones, el Ministerio de Producción, la Policía bonaerense y las municipalidades.

Entre estos organismos se repartirá lo producido de las multas, otorgándole al primero el 40% y el 20 a cada uno de los restantes.

Se deroga la ley que otorgaba facultades a los municipios para fijar los horarios de este tipo de comercios, aunque aquellas comunas que apliquen mayores restricciones podrán seguir implementándolas.

Asimismo, el Ejecutivo endurecerán las multas y sancionarán con prisión de 30 a 90 días de arresto a quienes vendan bebidas alcohólicas a menores.

Las multas suben de 5 a 10 mil pesos y hasta 100 mil en vez de 50 mil, pudiendo ser clausurados los locales por 180 días.

En tanto se otorga mayor porcentaje de lo recaudado por multas a quienes infrinjan la ley 11.748 (de prohibición de venta de alcohol a menores), a la Subsecretaría de Atención a las Adicciones.

Así también se sancionará con multa del 20 al 60 por ciento del haber mensual del Agente de Seguridad de la Policía al comerciante que “ocasionare o contribuyese a ocasionar embriaguez” de un mayor de 18 años, o que permita la permanencia de ebrios en el lugar. En caso de reincidencia le cabrá una clausura de entre 10 y 30 días.

Mientras que recibirá una multa del 15 al 40 por ciento del mismo haber y asistencia obligatoria a centros de contención a quien se encuentre en estado de ebriedad en un lugar público. Según indica la norma “para salvaguardar la salud del infractor podrá ser retenido hasta 5 días”. A su vez, si generase “molestias a otras personas” puede ser arrestado por el término de 40 días.

La Subsecretaría de Adicciones en conjunto con los municipios serán los encargados de realizar controles de alcoholemia en el ingreso a los boliches y no podrán ingresar los que superen los 500 miligramos por litro de sangre.

Fuente y datos: aninoticias.com.ar

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