EL GEN/FAP QUIERE QUE EL OCCOVI INTERCEDA PARA DAR ÍNTEGRO CUMPLIMIENTO AL PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA LICITACIÓN Y DEL CONTRATO DE LA CONCESIÓN DE LA RN 7
19/2/14- Mediante un proyecto de resolución dirigido al Director Ejecutivo del Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI), Ing. Gustavo Gentili, el concejal del GEN / FAP, Maximiliano Felice, le solicita al funcionario nacional que intermedie ante el Supervisor General del Corredor Vial Nº 3, Ing. Gerardo Daniel Lamelza, de la vecina ciudad de Junín, para que se haga presente en el recinto del Honorable Concejo Deliberante de Chacabuco a fin de mantener una reunión plenaria para brindar información respecto a las acciones llevadas adelante desde dicho organismo para dar íntegro cumplimiento al Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares de la licitación y del contrato firmado con la concesionaria adjudicataria Autovía Bs. As. a Los Andes S.A. del Corredor Vial Nº 3.
Según el concejal, la concesión dio inicio en abril de 2010 y en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares se desprende que, según consta en el artículo 10, esta última deberá colocar durante el Año 3 de concesión, y a su costo, los postes SOS necesarios para que al finalizar dicho año, se verifique la presencia de UN (1) Poste SOS cada CINCO (5) kilómetros en ambos sentidos (en la misma progresiva en ascendente y descendente) en los tramos de autovías y/o autopistas; y UN (1) Poste SOS cada CINCO (5) kilómetros en los restantes tramos de la concesión, no siendo necesaria la instalación de postes S.O.S. en coincidencia con zonas urbanas ó con estaciones de peaje ó balanzas.
Asimismo el edil advierte que en el artículo 15 se prevé que la concesionaria las deberá proveer y operar una (1) balanza portátil móvil para realizar controles de pesos, más allá de las Estaciones de Control de Pesos y Dimensiones permanentes ya existentes por ejemplo en los Kms. 110,00 y 272,00 del Corredor Vial.
En el articulado posterior, se establece que la concesionaria deberá contar con la cantidad mínima de cinco (5) móviles de seguridad vial, para patrullar el corredor, de manera tal de acudir con la mayor celeridad posible ante cualquier emergencia que se produzca en el mismo y para ello, se deberá formular el itinerario de recorrida de cada uno de los móviles, intensificando la frecuencia de los patrullajes en aquellas zonas del corredor vial donde estadísticamente ocurran mayor cantidad de accidentes/incidentes, o donde el volumen de tránsito así lo requiera, de manera tal de lograr un óptimo nivel de servicio para los usuarios, debiendo los responsables de los móviles de seguridad vial confeccionar una Planilla de reporte diaria.
Más adelante, en el artículo 18 de dicho Pliego se hace alusión al Plan de Obras a realizarse durante la concesión, tanto en lo referente a Obras de Reacondicionamiento de Infraestructura (ORI), como de Obras Nuevas (ONU), entre las que se indican la adecuación de Acceso a Chacabuco mediante la concreción de una Rotonda Int. RN 7, RP 30 y RP 191, asimismo se menciona la obra de Canalizada Int. RN 7 y Av. Elguea Román, ambas con un plazo de obra de 10 meses e inicio en el año 1 de la concesión.
De la misma forma Felice manifiesta que la concesionaria debe mantener el señalamiento horizontal y vertical durante todo el período de contrato, y deberá considerar además la incorporación de señales adicionales, que surjan de posibles nuevos eventos y/o disposiciones reglamentarias que hagan necesario su señalización (nuevos accesos, entradas y salidas de vehículos pesados, accesos a estaciones de servicio, readecuación de intersecciones, nuevas normas dictadas por la DNV, etc.). La tarea en cuestión consiste en la colocación de todos los carteles necesarios, que dentro de la cantidad prevista sirvan para mejorar la orientación, información y prevención de los usuarios del camino y para facilitar el tránsito y evitar peligros. Además, en caso de corresponder contemplará el retiro, traslado, acopio y/o recolocación de las señales existentes, en los sitios que indique la supervisión a cargo del órgano de control.