FUE PROMULGADA LA LEY QUE INCORPORA LA VACUNA CONTRA LA VARICELA EN EL CALENDARIO OFICIAL

Quedó Reglamentada la ley nacional de hipoacusia.

La inclusión de esta vacuna, que será gratuita, fue celebrada por el ministro de Salud, Alejandro Collia, quien destacó que “las vacunas son un bien social y constituyen una de las herramientas de prevención con mayor impacto en la salud de la población”.

Fue promulgada ley que incorpora la vacuna contra la varicela al calendario oficial.
Fue promulgada ley que incorpora la vacuna contra la varicela al calendario oficial.
23/7/11- El ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires informa que, con su publicación en el Boletín Oficial de hoy, quedó promulgada la ley que incorpora la vacuna contra la varicela al calendario de vacunación oficial de la Provincia.
La ley 14.285 fue sancionada por la Legislatura provincial el 8 de junio último. La inclusión de esta vacuna, que será gratuita, fue celebrada hoy por el ministro de Salud, Alejandro Collia, quien destacó que “las vacunas son un bien social y constituyen una de las herramientas de prevención con mayor impacto en la salud de la población”.

En la actualidad, son 6 las vacunas del calendario oficial que se aplican a los chicos de hasta 1 año, con un total de 12 dosis. La vacuna contra la varicela se aplica por lo general después del año de vida.

El director provincial de Medicina Preventiva del Ministerio de Salud, Luis Crovetto, adelantó hoy que “de ahora en adelante trabajaremos para reglamentarla y será el consejo técnico el que indique las características de aplicación” de la vacuna contra la varicela.

Crovetto recordó que “la varicela no es una enfermedad altamente agresiva, aunque en los lactantes o menores de 1 año puede acarrear problemas de salud, por lo que será importante inmunizar a esa franja etaria”.

Quedó Reglamentada la ley nacional de hipoacusia.

Quedó Reglamentada la ley nacional de hipoacusia.
Quedó Reglamentada la ley nacional de hipoacusia.
23/7/11- Los recién nacidos tendrán acceso a la detección temprana y el tratamiento adecuado de la hipoacusia infantil en la Argentina, luego de la reglamentación de la ley que contempla el abordaje de esa patología, que afecta de 700 a 2.100 bebés, por año.

La medida, que ayer viernes se publicó en el Boletín Oficial, fue adoptada el jueves por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien reglamentó la ley de hipoacusia, a partir de la cual el Estado garantiza la detección temprana y atención de la sordera.

De esta manera, a partir de ahora, la detección y tratamiento de la hipoacusia infantil deberá ser incluida entre las prestaciones obligatorias de obras sociales y entidades de medicina prepaga.

El decreto que reglamenta la ley, establece que esto se hará a través del Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia, del Ministerio de Salud de la Nación.

El organismo garantizará el primer par de audífonos e implantes cocleares, en forma totalmente gratuita, a los niños con signos de disminución auditiva y que no posean ningún tipo de cobertura social, informó el Ministerio.

En sus fundamentos, la norma legal sostiene que “la precocidad en la realización de los estudios exploratorios resulta de fundamental relevancia ya que advertir la deficiencia a tiempo permite iniciar en forma oportuna una rehabilitación temprana y evita los impedimentos que produce la deficiencia auditiva en el desarrollo normal del lenguaje y de las capacidades cognitivas que de él se derivan”.

La patología

La sordera, entendida como la falta de capacidad para escuchar sonidos, puede producirse por factores hereditarios, congénitos y adquiridos desde el momento del nacimiento, o adquirirse a lo largo de la vida, obedeciendo a numerosos factores causales.

En Argentina, esa patología afecta a entre 700 y 2100 niños al año, y constituye el 18 por ciento de las discapacidades en el país, la cual se reparte en un 86,6 por ciento de dificultad auditiva y un 13,4 por ciento en sordera.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la hipoacusia afecta a 5 cada 1.000 recién nacidos y en los casos de hipoacusias moderadas a profundas, las cifras oscilan entre 1 y 3 por mil.

En tanto, en las hipoacusias severas a profundas los valores se sitúan aproximadamente en 1 de cada 1.000 recién nacidos.

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