EL CONCEJAL LIMIA PROPONE QUE LOS IMPUESTOS MUNICIPALES Y LA FACTURA DE LA LUZ SE PUEDAN PAGAR EN FORMA VIRTUAL

12/10/10- La iniciativa corresponde al Concejal del GEN – Coalición Cívica Alberto limia y propone que el Municipio de Chacabuco y la Cooperativa Eléctrica instrumenten la modalidad de pago electrónico o virtual para el abono de las tasas, derechos municipales y la factura de luz.

“Cada vez son más las empresas y entes gubernamentales que se adhieren a esta forma de pago, ya que las ventajas que ofrece al cliente son múltiples, destacó el concejal. El usuario no sólo tiene la posibilidad de efectuar los pagos de servicios o impuestos habilitados a través del débito desde una cuenta bancaria, sino también consultar fechas de pagos pendientes, pagos efectuados y obtener los comprobantes respectivos”.

Limia dio a ejemplo que “las empresas de telefonía móvil, telefonía fija y algunas de las prestatarias del servicio de gas, entre otras, ya ofrecen a los usuarios/clientes la modalidad de pago electrónica. Además, el hecho de adherir a esta forma de pago no invalida la utilización de otras por parte de los usuarios, incluso la adhesión no es de carácter permanente.”

Entre otros puntos, el concejal insistió en que “la modalidad de pago electrónico incentiva y ofrece a los usuarios mayores comodidades, entre ellas, el no tener que destinar mucho tiempo a efectuar pagos ya que éstos pueden hacerse desde cualquier computadora que cuente con servicio de Internet, o bien desde un cajero automático. Ello implica que los pagos puedan efectuarse desde cualquier punto del país sin limitaciones horarias.”

El articulado del proyecto de Resolución presentado por el Concejal del GEN – CC, Alberto Limia, esta dirigido al Departamento Ejecutivo Municipal para que este evalúe la posibilidad de instrumentar la modalidad de pago electrónico o virtual para el abono de las tasas y derechos municipales y para que mediante su Delegado en la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda. sugiera al Consejo de Administración evaluar la posibilidad de implementar la misma modalidad.

Visto:

Las ventajas que ofrecen a los usuarios de servicios públicos la posibilidad de efectuar los pagos de sus facturas en forma virtual, y;

Considerando:

Que distintos estamentos de gobierno, empresas privadas, consorcios, clubes y otras organizaciones cuentan con sistemas de pagos en forma virtual que permiten concretar el pago de impuestos o servicios.

Que la modalidad de pago electrónico ofrece a los usuarios mayores comodidades, entre ellas, el no tener que destinar mucho tiempo a efectuar pagos ya que éstos pueden hacerse desde cualquier computadora que cuente con servicio de Internet, o bien desde un cajero automático. Ello implica que los pagos puedan efectuarse desde cualquier punto del país sin limitaciones horarias.

Que el sistema de pagos virtual ofrece al usuario no sólo la posibilidad de efectuar los pagos de servicios o impuestos habilitados a través del débito desde una cuenta bancaria, sino también consultar fechas de pagos pendientes, pagos efectuados y obtener los comprobantes respectivos.

Que otras de las ventajas del sistema virtual de pagos es que el cliente o usuario del servicio puede efectuar el pago sin contar con la factura.

Que el mencionado sistema de pago opera mediante el débito del importe correspondiente a la factura de la cuenta bancaria seleccionada. Una vez realizada la operación de pago, el usuario recibe un número de control de la operación que queda registrado en el banco y, si lo desea, dispone del comprobante mediante la impresión de la copia del ticket.

Que la obtención del comprobante de pago puede hacerse mediante la impresión inmediata, guardando el mismo en un archivo digital o bien obtenerlo en cualquier cajero automático con posterioridad a que se haya efectuado el pago, pues el sistema conserva los últimos pagos efectuados.

Que el adherir a esta forma de pago no invalida la utilización de otras por parte de los usuarios, incluso la adhesión no es de carácter permanente.

Que es importante destacar que los pagos que los usuarios del sistema virtual realicen son acreditados automáticamente en la cuenta de los entes y empresas prestadoras de servicios que emitieron las facturas.

Que, son cada vez más las empresas y entes gubernamentales que instrumentan dicha modalidad de pago. Por ejemplo, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires varios municipios, entre ellos Junín y Chivilcoy, ofrecen a sus vecinos la modalidad de pago descripta para que éstos abonen las tasas y derechos municipales.

Por ello,
El Bloque de Concejales del GEN – Coalición Cívica
en uso de sus atribuciones propone el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCION

Articulo 1º: Solicitarle al Departamento Ejecutivo Municipal evalúe la posibilidad de instrumentar la modalidad de pago electrónico o virtual para el abono de las tasas y derechos municipales.

Articulo 2º: Solicitarle al Departamento Ejecutivo Municipal que, mediante su Delegado en la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda., sugiera al Consejo de Administración evaluar la posibilidad de implementar entre sus opciones de pago la modalidad electrónica o virtual.

Articulo 3º: De forma.-

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